La legislación española, en materia de protección civil, establece que las administraciones públicas promoverán y apoyarán la vinculación voluntaria y desinteresada de los ciudadanos a la Protección Civil. Las Agrupaciones Locales de Voluntarios de Protección Civil son el elemento integrador que permite a la Administración local cumplir con la que establece la Ley y facilita a los ciudadanos el desarrollo de su labor solidaria. Por lo tanto, son organizaciones de carácter humanitario, altruista y solidario, que canalizan y unen la voluntad participativa de los ciudadanos en las tareas de la Protección Civil.
Las funciones que desarrollan son las siguientes:
En la prevención
- Colaborar en los estudios de riesgo de la localidad, preferentemente orientados en edificios, locales y establecimientos de pública concurrencia.
- Colaboración y apoyo en la confección y divulgación de los planes de Autoprotección de dichos centros.
- Colaboración en la elaboración y mantenimiento de los planes territoriales municipales y planes de Actuación Municipal ante de riesgos específicos.
- Confección y realización de campañas de información y divulgación a la población afectada por los distintos riesgos, con el cumplimiento de las directrices dadas por el Ayuntamiento.
- Participación en dispositivos operativos de carácter preventivo (en grandes concentraciones humanas, vigilancia forestal, etc.) siempre coordinados por el servicio competente que corresponda.
En la intervención
- Apoyo a los servicios operativos de emergencia, a requerimiento de estos mismos.
- Colaborar en la atención a afectados en emergencias (evacuación, albergue, abastecimiento…), siempre coordinados por el servicio que corresponda.